El Pleno del Congreso aprobó el Decreto 2-2023, Ley que faculta el cobro para la emisión de certificados de apostilla y de legalización de documentos provenientes del extranjero, que establece que el certificado de apostilla que emite el ministerio de Relaciones Exteriores en el marco del Convenio Suprimiendo la Exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros, hecho en La Haya el 5 de octubre de 1961, tendrá un costo que será determinado en el reglamento de la presente ley.
La apostilla consiste en colocar sobre un documento público, una anotación que certifica la autenticidad de la firma de los documentos públicos expedidos en un país parte y que deban surtir efectos en otro país miembro de la Convención.
El proceso de apostillado es un convenio internacional del que Guatemala es parte y que de acuerdo con el diputado Manuel Conde Orellana, quien preside la Comisión de Relaciones Exteriores, sala que tuvo a su cargo el estudio y discusión de la nueva ley, dijo que el nuevo decreto crea un mecanismo ágil, económico y electrónico para el apostillado de documentos que son enviados al extranjero o que ingresan al país.
“En virtud del surgimiento de nuevas tecnologías genera la necesidad de propiciar un cambio en la manera de funcionar del gobierno y en especial de las cancillerías”, opinó el diputado Estuardo Rodríguez-Azpuru, quien es miembro de la Comisión de Relaciones Exteriores. “Es un buen logro para el país”, señaló el diputado.
La adhesión a dicho convenio fue aprobada por el Congreso de la República mediante el Decreto Número 1-2016, vigente para Guatemala a partir del 18 de septiembre de 2017, y en el mismo se establece, entre otros temas, que la fijación de la apostilla es la única formalidad que puede exigirse para certificar la autenticidad de la firma, la calidad en que el titular del documento haya actuado y, en su caso, la identidad del sello o timbre del que el documento esté revestido.
Además, el cobro adecuado de certificados de apostilla y de certificados de legalización de documentos, se obtendrían los recursos necesarios para implementar en dicha cartera equipo tecnológico y por ende servicios de modernización, tomando en cuenta que actualmente, para obtener los certificados mencionados, los usuarios deben movilizarse desde cualquier punto del país hacia la sede del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Con estas acciones, las personas que requieran los referidos certificados, lo podrán hacer de forma presencial y virtual. Asimismo, es importante resaltar que el costo de los documentos será determinado en un reglamento, que deberá ser emitido en un plazo de 60 días, luego que cobre vigencia la misma.
La iniciativa, ahora convertida en ley, fue presentada en 2021 por el Organismo Ejecutivo y el 23 de noviembre de 2022, la Comisión de Relaciones Exteriores, presidida por el diputado Conde Orellana.
Según datos oficiales de la cancillería, la apostilla consiste en colocar sobre un documento público, una anotación que certifica la autenticidad de la firma de los documentos públicos expedidos en un país parte y que deban surtir efectos en otro país miembro de la Convención. Asimismo, los documentos emitidos por un país parte del Convenio que hayan sido certificados por una apostilla deberán ser reconocidos sin necesidad de otro tipo de autenticación.