Los políticos deben tener principios y valores que lleven a humanizar la política y recuperar su verdadero sentido. El principio de subsidiariedad es la norma que declara la medida del ejercicio de la solidaridad. No es la solidaridad sino la regla de su ejercicio. Por solidaridad cada individuo, cada grupo, ha de hacer su propio cometido en función del Bien Común y sólo ha de entrar en suplencia la sociedad, cuando el individuo no haga lo suyo. La subsidiariedad reclama que, en las obligaciones, responsabilidades y beneficios del Bien Común, nadie puede ser sustituido o reemplazado arbitrariamente por otro. En su caso, la autoridad debe justificar su intervención.

Fotografía de Carlos Alonzo
La triple misión subsidiaria del Estado implica: Crear las condiciones necesarias para que las comunidades más pequeñas puedan desarrollar actividades auto responsables, autogestionarias y creativas. Fijar legalmente los derechos y deberes de las comunidades menores y de los individuos, frente a las mayores. Y, proteger y apoyar -complementándolas- las tareas de las comunidades menores, por lo tanto, exige que el poder sea descentralizado. Es por ello que debe existir responsabilidad escalonada de deberes y obligaciones. Ni atomizar al Estado ni Estatizar a la sociedad. Debe existir tanta comunidad y nación como sea posible y todo el Estado que sea necesario. El Estado es rector, pero no dueño de los bienes, producto del esfuerzo común.
La subsidiariedad es complementariedad y ayuda escalonada de una comunidad superior a los individuos y comunidades menores; por una parte, la comunidad debe ayudar más ahí donde hay más necesidad y por la otra, no debe suplantar o sustituir a la libre iniciativa de los particulares o de grupos, sino garantizar su funcionamiento. La ayuda debe prestarse cuando sea necesario, en la medida de lo necesario, durante el tiempo necesario, en donde sea necesaria y a quien la necesite.
No podrá realizarse el Bien Común de la sociedad si no existe un orden. El principio de subsidiariedad indica no solamente la prioridad en los derechos, sino también de las responsabilidades y las libertades en la vida social. Es así que podemos expresarlo de esta manera: debe existir tanta libertad como sea posible y también, tanta autoridad como sea necesaria. Todo ser humano debe tener acceso a los medios para cumplir sus fines. El destino universal de los bienes permite que cada cual tome de dichos bienes sociales, tanto y solamente aquellos que le permitan cumplir sus fines personales. No se deben confundir fines con intereses pues éstos deben estar supeditados al bien común.

Fotografía de Carlos Alonzo
La justicia distributiva no podrá darse sin la existencia del principio de subsidiariedad. Sin respeto a estas normas de ayuda, las personas y las sociedades intermedias se verán deterioradas. Es deber del Estado promover la participación de las personas, los grupos intermedios y de sí mismo, en la construcción del orden social y del bien común. La subsidiariedad indica la ordenación de las responsabilidades, de las competencias y de los derechos. Ante el orden dinámico del Bien Común, siempre perfectible, la subsidiariedad promueve la creatividad para generar bienes de toda índole, encaminados al perfeccionamiento de las personas; haciendo también de la política no sólo el arte de lo posible sino también el arte de hacer posible lo necesario.
Al Estado incumbe la tarea de establecer el marco ordenador para garantizar la igualdad de oportunidades. El Estado debe actuar subsidiariamente en sentido redistributivo, como “ayuda a la autoayuda”. La autoridad, en el ámbito social, debe ser la más responsable. Como partido político la responsabilidad es mayor, en la medida que se proponga, integre y ejerza la autoridad.