En el Tribunal Segundo de Sentencia de Cobán se desarrolló el debate oral y público en contra 21 comunitarios de la comunidad Chicoyogüito. Las partes acordaron medidas de criterio de oportunidad y se cerró el caso a favor de los vecinos a quienes el Estado de Guatemala intentó criminalizar por una protesta realizada en la cabecera departamental de Alta Verapaz el año pasado.
El juez Walter Chen resolvió que los 21 sindicados se adhirieran al criterio de oportunidad planteado por el Instituto de la Defensa Pública Penal.
El Criterio de Oportunidad es una facultad del Ministerio Público, (MP), de abstenerse de ejercer la acción penal o desistir de la misma si ya fue iniciada, en los casos que la ley de Guatemala lo permita. En él, las partes acuerdan que, para no ir a juicio o prisión, las personas acusadas realicen acciones que ante la sociedad sean el pago de sus acciones calificadas como delito.
En este caso se planteó que realicen un trabajo comunitario (chapeo de cuatro jornales) y la elaboración de un comunicado en donde se informe sobre la aceptación del criterio de oportunidad, de los trabajos que realizarán los 21 comunitarios y que en ningún momento se vulnere la presunción de inocencia de las personas señaladas.