Ustedes tienen la solución al problema de la elección de cortes, tarea pendiente desde hace más de 3 años…

Se cumplieron 3 años de usurpación de calidad por parte de los magistrados(¿?) a la Corte Suprema(¿?)de Justicia(¿?) y cortes de las salas de apelaciones asi como si nada, nadie dice nada y todo sigue igual…

Fotografía de Simone Dalmasso

¿Qué pasa?

El rompimiento del orden constitucional es claro y evidente y sin embargo a nadie parece importarle ya, el sistema se acomodó y todo es muy conveniente así. A excepción de una magistrada que recién presento su renuncia, aunque me imagino que es un acto simbólico, nadie mueve un dedo, menos aun los que según la propia constitución están encargados de defenderla. Me refiero a los constituyentes que firmamos nuestra Carta Magna y los magistrados de la Corte de Constitucionalidad. Mutis absoluto….

 

¿Qué sentirán esos magistrados impostores que usurpan el cargo?

El sistema de justicia total y absolutamente falto de credibilidad, ya la “justicia” y la “imparcialidad” en el total olvido. ¿Cómo podemos confiar en jueces que no respetan la ley? La Ley de la Carrera Judicial es clara, terminante y contundente cuando sentencia: “se pierde la calidad de magistrado al vencimiento del periodo”. ¿Acaso se necesita interpretación para este postulado? Además, la Constitución es aún más clara: “el periodo es de 5 años”. ¿Qué parte no se entiende?

¿Si estamos frente a jueces usurpadores, cuál es la diferencia de los tribunales de fuero especial con jueces anónimos de la época de la guerra?

Todo el problema se origina a partir de una sentencia de amparo de la propia Corte de Constitucionalidad, donde abrogándose facultades que la constitución no le permite, se dio el lujo de dar “ordenes” al Congreso, facultad que no es inherente a sus funciones. Desde acá inicia el rompimiento constitucional.

Debemos preguntarnos entonces el porqué de dicha sentencia.

Resulta que las anteriores cortes, al igual que la presente dispusieron hacer caso omiso del artículo de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, de la cual también soy firmante, que exige, si, exige una legitimación y un daño al interponerte de amparo, ya que si no es directamente afectado no tiene motivo para estar pidiendo amparos nadie. Pero no, las cortes se pasaron por el arco del triunfo este postulado esencial del amparo y decidieron tramitar así, amparitos bagres interpuestos por terceros a los que no les afectaba las decisiones de carácter general.

¿Qué agravio puede tener un particular en una disposición legal de orden general?

Esto se llaman los derechos difusos y son únicamente el Ministerio Publico (MP) y el Procurador de los Derechos Humanos quienes deben defender estos derechos que afectan al público, pero nunca un particular.

En conclusión, tenemos una Corte de Constitucionalidad (CC) que en lugar de defender el orden constitucional ha apañado el rompimiento del mismo y continúa tolerando que la Corte Suprema de Justicia “imparta justicia” a través de una simple y llana opinión consultiva que no es legalmente vinculante, y así los magistrados usurpadores se mantienen y mantendrán en el cargo por tiempo indefinido.

 

¿Qué hay detrás de todo esto?

Ojalá y no se me cumpla, pero es el experimento a la reacción del pueblo ante una eventual “prolongación” de los periodos de los diputados y presidente por algún “acontecimiento fortuito” y así suspender las elecciones que están programadas para el año entrante.

Corte de Constitucionalidad, ustedes tienen la solución: Expulsar del ordenamiento legal la ilegitima sentencia que dio origen a todo este caos. Ya existe precedente pues cuando se dio una sentencia igual de ilegítima que permitió a Ríos Montt ser candidato presidencial en clara contravención de la Constitución Política de la República, la siguiente Corte de Constitucionalidad expulsó del ordenamiento jurídico esa aberrante sentencia, corrigiendo así el camino. Esto daría como consecuencia inmediata que el congreso pueda elegir las cortes sin ningún contratiempo y sin ninguna excusa, regresándonos al orden constitucional.

¡Ya existe precedente!